miércoles, 9 de mayo de 2012

Comunicado al personal de blanco afectado por el bloqueo de salarios


Ante el retraso en el cobro de salarios que afecta al personal de blanco de los servicios públicos de salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS); esta Cartera de Estado comunica cuanto sigue:

1 - El bloqueo de salarios del personal de blanco es una acción que el Ministerio de Hacienda lleva a cabo todos los años en los primeros meses del Ejercicio Fiscal. Aplica esta medida de control a personal (contratado y/o permanente) que posee más de un vínculo con el Estado Paraguayo.   Esta restricción se mantiene hasta que quede demostrada la función asistencial del personal y la no superposición de carga horaria mediante la presentación oportuna de certificados de trabajo.

2 - Estos certificados de trabajo son obligatorios para gestionar la inclusión de los datos del personal de blanco afectado por el bloqueo salarial por doble –o mayor- remuneración a la tabla de excepciones del Sistema Nacional de Recursos Humanos (SINARH).

3 - Los cobros logrados en los meses enero, febrero y marzo de 2012 fueron posibles mediante una medida de excepción temporal de la Secretaría de la Función Pública que actualmente queda sin efecto por la no entrega -o entrega incompleta- de los Certificados de Trabajo.

4 – La presente demora en el pago de los salarios a personal de blanco de los servicios públicos de salud es fruto, entre otras cosas, de un retraso en la entrega de las documentaciones completas necesarias para el desbloqueo, entrega que tuvo como fecha límite el mes de marzo.  

5 - Los bloqueos salariales de los profesionales de la salud del MSPBS seguirán hasta tanto no se regularice la presentación de estos certificados. Es de destacar que el  SINARH  realiza automáticamente estos bloqueos y que éstos no dependen ni de la Secretaría de la Función Pública ni del MSPBS.

6 - Los jefes de Recursos Humanos de los servicios públicos de salud y de las regiones sanitarias son responsables de gestionar dichos documentos hasta su entrega final a la Dirección General de Recursos Humanos del MSPBS. Una vez compilados los documentos, esta Dirección General realiza las gestiones de desbloqueo ante la Secretaría de la Función Pública.

7 En el certificado de trabajo requerido los profesionales de blanco deben consignar la función desempeñada, carga horaria, frecuencia y jornada laboral, y antigüedad por cada vínculo laboral (permanente o contratado) con el Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social.

En caso de contar con vínculos (permanente o contratado) en otras Entidades del Estado (Instituto de Previsión Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, etcétera), los profesionales de blanco deberán presentar los certificados de trabajo originales, indicando: categoría presupuestaria, objeto de gasto,  función desempeñada, carga horaria, frecuencia, jornada laboral y antigüedad.

8 - Los certificados deben ajustarse a la resolución SFP 829/2010 “por la cual se establecen los procedimientos internos para la inclusión en la tabla de excepción de doble remuneración a los funcionarios y contratados del sector público”.

9 - Sin estos certificados de trabajo resulta imposible gestionar ante la Secretaría de la Función Pública la inclusión de los datos del personal afectado por el bloqueo salarial por doble –o mayor-  remuneración a la  tabla de excepciones del SINARH.

10 - La Dirección General de Recursos Humanos del MSPBS ha reiterado en dos circulares el pedido de entrega de la nómina de personal de blanco con más de un vínculo laboral con el Estado Paraguayo a Gerentes de esta Cartera de Estado tal como puede verse en los dos primeros documentos anexos. (HACER CLICK EN CADA ANEXO)

ANEXO 1 Circular de la Dirección General de Recursos Humanos  del 8 de Febrero de 2012 N°004/12.

ANEXO 2 Circular de la Dirección General de Recursos Humanos  del 6 de marzo de 2012 N°007/12.

ANEXO 3 Nómina de personal con dictamen (sin excepción) de la SFP, con las observaciones correspondientes.

ANEXO 4. Nómina de profesionales de la salud cuyos certificados de trabajo hasta la fecha no obran en la Dirección General de Recursos Humanos.



Asunción, 9 de mayo de 2012