martes, 24 de abril de 2012

Nómina de profesionales de la salud cuyos certificados de trabajo no obran en la Dirección General de Recursos Humanos para gestionar ante la Secretaría de la Función Pública la inclusión de los datos del personal afectado al bloqueo salarial por doble remuneración a la tabla de excepciones del Sistema Nacional de Recursos Humanos

Presentamos la nómina de profesionales de la salud cuyos certificados de trabajo no obran en la Dirección General de Recursos Humanos.  Cabe destacar que sin los mencionados certificados resulta imposible gestionar ante la Secretaría de la Función Pública la inclusión de los datos del personal afectado al bloqueo salarial por doble remuneración a la  tabla de excepciones del Sistema Nacional de Recursos Humanos (SINARH).

En los Certificados de Trabajo los profesionales deben consignar la función desempeñada, carga horaria, frecuencia y jornada laboral, y antiguedad por cada vinculo laboral (permanente o contratado)con el Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social (MSPBS).

En caso de contar con vínculos (permanente o contratado) en otras Entidades del Estado (IPS, MI, MD, etc.), deberán presentar los certificados de trabajo originales, indicando: categoría presupuestaria, objeto de gasto,  función desempeñada, carga horaria, frecuencia y jornada laboral, y antiguedad.

Es decir, los Certificados deben ajustarse a la RESOLUCIÓN SFP 829/2010 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS INTERNOS PARA LA INCLUSIÓN EN LA TABLA DE EXCEPCIÓN DE DOBLE REMUNERACIÓN A LOS FUNCIONARIOS Y CONTRATADOS DEL SECTOR PÚBLICO”.

HAGA CLICK AQUI EN EL SIGUIENTE ENLACE PARA DESCARGAR LA LISTA EN FORMATO EXCEL
http://www.mspbs.gov.py/v2/documentacion/index.php?f=FALTAN%20DOCUMENTOS%20A%20LA%20FECHA.xls